VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
Proceso: Usucapión decenal o extraordinaria.
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 1506 a 1508 vta., interpuesto por Marleny Rojas de Quiroga contra el Auto de Vista N° 355/2019 de 14 de octubre, cursante de fs. 1501 a 1503 vta., pronunciado por la Sala Tercera Civil, Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro el proceso de usucapión decenal o extraordinaria, seguido por la recurrente contra María del Carmen Pereira Ribera, Katia Bertha Vega Salinas, Herland Romero Rosel y Ginette María Chávez Calderón, la contestación cursante de fs. 1512 a 1515, Auto de concesión de 24 de enero de 2020 cursante a fs. 1516, todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Con base en la demanda cursante de fs. 5 a 8 ampliada a fs. 93 y vta., Marleny Rojas de Quiroga inició un proceso de usucapión decenal yo extraordinaria, acción que fue dirigida contra María del Carmen Pereira Ribera, Herland Romero Rosel y Ginette María Chávez Calderón quienes una vez citados, mediante memorial cursante de fs. 429 a 432 vta., Katia Bertha Vega Salinas opuso excepciones previas; desarrollándose de esta manera la causa hasta dictarse Sentencia N° 18/2019 de 07 de mayo, cursante de fs. 1439 a 1446, donde el Juez Público Civil y Comercial N° 7 de Santa Cruz de la Sierra, declaró: IMPROBADA la demanda principal y PROBADA en parte la demanda de reconocimiento de propiedad de mejoras , en consecuencia se declaró como propietaria a Marleny Rojas de Quiroga del valor del 50% de mejoras introducidas al inmueble objeto de litis, e IMPROBADA la demanda reconvencional de mejor derecho propietario, reivindicación, acción negatoria más pago de daños y perjuicios
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 1506 a 1508 vta., interpuesto por Marleny Rojas de Quiroga contra el Auto de Vista N° 355/2019 de 14 de octubre, cursante de fs. 1501 a 1503 vta., pronunciado por la Sala Tercera Civil, Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro el proceso de usucapión decenal o extraordinaria, seguido por la recurrente contra María del Carmen Pereira Ribera, Katia Bertha Vega Salinas, Herland Romero Rosel y Ginette María Chávez Calderón, la contestación cursante de fs. 1512 a 1515, Auto de concesión de 24 de enero de 2020 cursante a fs. 1516, todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Con base en la demanda cursante de fs. 5 a 8 ampliada a fs. 93 y vta., Marleny Rojas de Quiroga inició un proceso de usucapión decenal yo extraordinaria, acción que fue dirigida contra María del Carmen Pereira Ribera, Herland Romero Rosel y Ginette María Chávez Calderón quienes una vez citados, mediante memorial cursante de fs. 429 a 432 vta., Katia Bertha Vega Salinas opuso excepciones previas; desarrollándose de esta manera la causa hasta dictarse Sentencia N° 18/2019 de 07 de mayo, cursante de fs. 1439 a 1446, donde el Juez Público Civil y Comercial N° 7 de Santa Cruz de la Sierra, declaró: IMPROBADA la demanda principal y PROBADA en parte la demanda de reconocimiento de propiedad de mejoras , en consecuencia se declaró como propietaria a Marleny Rojas de Quiroga del valor del 50% de mejoras introducidas al inmueble objeto de litis, e IMPROBADA la demanda reconvencional de mejor derecho propietario, reivindicación, acción negatoria más pago de daños y perjuicios
- Auto Supremo: 118/2020-RA
- Partes: Marleny Rojas de Quiroga c/ María del Carmen Pereira Ribera, Katia Bertha Vega Salinas,
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista N° 355/2019 de 14 de octubre, cursante de fs
- Emitida la resolución recurrida (auto de vista), conforme se tiene de la notificación a fs
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que la recurrente, al margen de identificar debidamente la
- 4. Del contenido de los recursos de casación
- De la revisión del recurso de casación, interpuesta por Marleny Rojas de Quiroga se observa
- Refirió que el Tribunal de alzada no advirtió que, a momento de revocar un fallo,
- De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que case el auto de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
