La vulneración del art
La violación e interpretación errónea del art. 138 del Código Civil, pues la apoderada demostró que la demandante Felipa Condori Vda. de Choque, está en posesión pacífica y continua por más de 48 años sobre los 60 m2 de superficie objeto de la litis.
La vulneración del art. 87 del Código Civil, ya que el Tribunal de alzada señaló que la posesión es el poder de hecho ejercido sobre una cosa, que denota la intención de tener sobre ella el derecho de propiedad y otro derecho real sin tomar en cuenta que la actora demostró tener los dos elementos, el animus y el corpus estando en posesión del inmueble por más de 40 años
La vulneración del art. 87 del Código Civil, ya que el Tribunal de alzada señaló que la posesión es el poder de hecho ejercido sobre una cosa, que denota la intención de tener sobre ella el derecho de propiedad y otro derecho real sin tomar en cuenta que la actora demostró tener los dos elementos, el animus y el corpus estando en posesión del inmueble por más de 40 años
- Expediente: LP-25-20-S
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista Nº S-465/2019 de 13 de septiembre, cursante de fs
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs
- De igual forma, se colige que la recurrente, al margen de identificar debidamente la resolución
- 4. Del contenido del recurso de casación
- Que al emitirse la resolución recurrida en casación se realizó una incorrecta aplicación del art
- La vulneración del art
- Por lo que solicita la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de
- En consecuencia, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
