Auto Supremo AS/0200/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0200/2020-RA

Fecha: 18-Feb-2020

El art


II. DEL RECURSO DE CASACIÓN

Previa enunciación de antecedentes del proceso, los recurrentes manifiestan que la actuación de las autoridades inferiores generó defectos absolutos que lesionaron derechos y garantías tutelados constitucionalmente; refiriendo de manera específica que el Tribunal de apelación:

“…no ha entrado al fondo de la apelación presentada ya que no hace una apreciación en base a todo lo que hemos fundamentado…que hemos demostrado que primero sin que exista denuncia se nos ha secuestrado, que después de arrestarnos recién se formaliza la denuncia y cuando ya prestamos nuestras declaraciones recién se nos notifica con nuestra detención y por último se ha vulnerado a la institución jurídica de la prescripción siendo que este delito si se habría cometido es en el ano 1985, como también no se ha valorado que ninguno de nosotros tenemos el hombre de Eduardo sin determinar mayores datos de su identidad.” (sic)

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP)