Por memorial presentado el 8 de noviembre de 2019, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 200/2020-RA
Sucre, 18 de febrero de 2020
Expediente : La Paz 15/2020
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada : Daniel Limbert Francia y otro
Delito : Uso de Instrumento Falsificado
RESULTANDO
Por memorial presentado el 8 de noviembre de 2019, cursante de fs. 273 a 276 vta., Daniel Limbert Francia y Roberto Mamani Francia, interpusieron recurso de casación impugnando el Auto Interlocutorio 287/2019 de 3 de septiembre de 2019, de fs. 264 a 266, pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro, del proceso penal seguido por el Ministerio Público, a instancias de Romualda Chura Vda. de Matías contra los recurrentes, por el delito de Uso de Instrumento Falsificado tipificado en el art. 203 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 200/2020-RA
Sucre, 18 de febrero de 2020
Expediente : La Paz 15/2020
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada : Daniel Limbert Francia y otro
Delito : Uso de Instrumento Falsificado
RESULTANDO
Por memorial presentado el 8 de noviembre de 2019, cursante de fs. 273 a 276 vta., Daniel Limbert Francia y Roberto Mamani Francia, interpusieron recurso de casación impugnando el Auto Interlocutorio 287/2019 de 3 de septiembre de 2019, de fs. 264 a 266, pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro, del proceso penal seguido por el Ministerio Público, a instancias de Romualda Chura Vda. de Matías contra los recurrentes, por el delito de Uso de Instrumento Falsificado tipificado en el art. 203 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 8 de noviembre de 2019, cursante de fs
- a)Por actuaciones salientes de fs
- b) Ambos recurrentes, por memorial saliente de fs
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- A los efectos de resolver la admisibilidad o inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto por
- En ese entendido, el art
- Por otra parte, cabe destacar que el art
- En el caso de autos los recurrentes interponen recurso de casación, contra el Auto Interlocutorio
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
