De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencia de 08/2013 de 13 de mayo (fs. 164 a 170), el Juez de Partido Penal Liquidador y de Sentencia de Quillacollo, declaró a Rinian Mery Gonzales García, autora de la comisión del delito de Difamación, previsto y sancionado en el art. 282 del CP, imponiendo la pena de prestación de trabajo de tres meses (12 semanas) en una sección de la Alcaldía Municipal de Quillacollo de acuerdo a su capacidad laboral, con una duración semanal de cinco horas o una hora por día, con costas, daños y perjuicios averiguables en ejecución de Sentencia
- Por memorial presentado el 27 de noviembre de 2019, Rinian Mery Gonzales García, fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, Rinian Mery Gonzales (fs
- Del memorial del recurso de casación se advierte el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- En el único motivo objeto de reclamo, la recurrente denuncia la vulneración de su derecho
- El motivo descrito en el párrafo que antecede, no cumple con las previsiones contenidas en
- No obstante ello, en la orientación brindada en el acápite que antecede, la competencia de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
