Auto Supremo AS/0213/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0213/2020-RA

Fecha: 18-Feb-2020

No obstante ello, en la orientación brindada en el acápite que antecede, la competencia de


No obstante ello, en la orientación brindada en el acápite que antecede, la competencia de este Tribunal en casación se abre también a partir de la fundamentación suficiente sobre la vulneración de derechos y garantías constitucionales que impugnen actos procesales que hayan generado su lesión, bajo la condición de dar información suficiente y de relevancia que denoten la probable existencia de la vulneración denunciada. En el caso, el planteamiento de la recurrente denuncia la vulneración de los principios de legalidad y seguridad jurídica y el derecho al debido proceso en su elemento debida fundamentación, agravio sobre el que ha realizado una explicación clara y concisa, siendo así que, proveyó el hecho generador al enfatizar la declaratoria de inadmisibilidad de su recurso de apelación restringida por motivos formales; precisando que a partir de ello se hubiera vulnerado los principios y derecho ya señalados, explicando además que ello dio lugar a que la injusta sentencia fuera confirmada; elementos que denotan el cumplimiento de las exigencias establecidas en los últimos dos párrafos del FJ III de este Auto Supremo que hacen que esta Sala flexibilice los requisitos de admisibilidad para, en el fondo, constatar la veracidad de los actos denunciados y la eventual lesión a los derechos considerados infringidos, por lo mismo, el motivo es admisible