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    Auto Supremo AS/0132/2020
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0132/2020

    Fecha: 09-Mar-2020

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    • I.1.1 Sentencia
    • En grado de apelación deducida por la parte demandada de fs
    • Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
    • Respecto al subsidio de frontera, sostuvo que no le corresponde porque el actor, fue contratado
    • En este sentido citó lo previsto en los arts
    • En ese sentido, el Gobierno Autónomo Departamental de Pando, estando bajo la Ley Nº 031
    • Por tal motivo, acusó que, el tribunal de alzada en el auto de vista recurrido,
    • Denunció falta de fundamentación y motivación del auto de vista recurrido, citando al respecto lo
    • Que, así planteado el recurso de casación, ingresando a su análisis en relación a los
    • En cuanto a los aspectos de forma, sobre la falta de fundamentación y motivación del
    • En cuanto al recurso de casación en el fondo, mediante el cual la parte recurrente
    • Nótese que, para beneficiarse del subsidio de frontera, el único requisito o condición es que
    • Con relación al pago del aguinaldo, al respecto, debemos partir señalando que, el artículo 12
    • Cuando se celebra un contrato por cierto tiempo; es decir, a plazo fijo, no implica
    • Aclarando y regulando los alcances de la normativa citada, el artículo 2 de la Resolución
    • En este entendido, al haberse evidenciado que el actor trabajó como funcionario dependiente del Gobierno
    • Consiguientemente y en merito a lo expuesto, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez.

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