Auto Supremo AS/0182/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0182/2020

Fecha: 06-Mar-2020

Que el auto de vista al no pronunciarse fundadamente respecto a los agravios presentados en


Que el auto de vista al no pronunciarse fundadamente respecto a los agravios presentados en apelación, incurrió en error in judicando, vulnerando lo previsto por el art. 358.II del Código Procesal Civil, pues dicha norma no prevé que la rendición de cuentas deba referirse a los beneficios y/o intereses del capital aportado al contrato de sociedad para trabajos mineros