La recurrente, en este motivo funda sus argumentos en la invocación del Auto Supremo “0258/2015-S2
Como segundo motivo, la recurrente alega que el Auto de Vista en relación al defecto del art. 370 núm. 5 del CPP denunciado en apelación, el Tribunal de alzada no realizó una adecuada fundamentación en la que se expresen los motivos de hecho y derecho en que se basa la decisión, cuando el Auto Supremo “0258/2015-S2 de 20 de febrero de 2003”, invocado en el Auto de Vista, menciona lo contrario.
La recurrente, en este motivo funda sus argumentos en la invocación del Auto Supremo “0258/2015-S2 de 20 de febrero de 2003”, que de su revisión y verificación en el sistema digital y de los archivos físicos existentes en esta Sala de casación, la citada resolución no cursa en los registros existentes, conllevando a establecer que la glosa realizada fue erróneamente alegada por la recurrente, por lo que no es permisible ingresar al análisis de fondo por contrastación
La recurrente, en este motivo funda sus argumentos en la invocación del Auto Supremo “0258/2015-S2 de 20 de febrero de 2003”, que de su revisión y verificación en el sistema digital y de los archivos físicos existentes en esta Sala de casación, la citada resolución no cursa en los registros existentes, conllevando a establecer que la glosa realizada fue erróneamente alegada por la recurrente, por lo que no es permisible ingresar al análisis de fondo por contrastación
- Por memorial presentado el 4 de febrero de 2020, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la referida Sentencia, la acusada Severina Andrade Higuera, interpuso recurso de apelación restringida (fs
- La recurrente previa haciendo alusión a los requisitos de la casación, expone los siguientes fundamentos
- El derecho de Impugnación encuentra su fundamento en el art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, también asumido en el Auto Supremo 118/2015-RRC de 24 de febrero, no implica
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En el caso de autos se advierte que la recurrente fue notificada con el Auto
- Analizando los argumentos expuestos en el motivo de casación, la parte invocó los Autos Supremos
- A su vez, de la revisión de dichos argumentos se identificó que la parte recurrente
- La recurrente, en este motivo funda sus argumentos en la invocación del Auto Supremo “0258/2015-S2
- Finalmente, en el motivo, al igual que en el anterior, la recurrente argumentó falta de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
