Auto Supremo AS/0235/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0235/2020

Fecha: 09-Mar-2020

De lo analizado precedentemente se infiere que COSSMIL no ha comprendido la naturaleza de la

De lo analizado precedentemente se infiere que COSSMIL no ha comprendido la naturaleza de la decisión que ha asumido el Ad quem en el Auto de Vista, porque confunde el error “in judicando” con el error “in procedendo”, pues en su recurso de casación cuestiona argumentos de fondo, en esa confusión, el ahora recurrente no vincula su denuncia a las causales de casación previstas por el art. 271.II del Código Procesal Civil, menos identifica de manera concreta la infracción legal en relación a la decisión de forma, asumida por el Tribunal ad quem, de donde se infiere que el recurrente tampoco expresa la ley o leyes infringidas, violadas o aplicadas indebida o erróneamente interpretadas, menos especifica en qué consiste la infracción, la violación, falsedad o error en la Resolución de segunda instancia en relación a la determinación asumida por el Tribunal ad quem, soslayando de esta manera los requisitos imprescindibles de admisibilidad que se encuentran previstos por el art. 274.I. núm. 3) del Código Procesal Civil