II.3.Del Auto de Vista impugnado
II.2.De la apelación restringida.
El imputado, presentó contra la Sentencia recurso de apelación restringida, alegando –en cuanto interesa para la resolución del presente caso- que la Sentencia emitida en la causa aplica erróneamente la ley sustantiva, puesto que el art. 271 del CP fue modificado por la Ley 369 de 1 de mayo de 2013, norma vigente al momento de dictar sentencia y que debió ser aplicada por ser la más favorable, en razón a que sanciona este delito con trabajos comunitarios y no con privación de libertad. Agrega que, de acuerdo al pliego acusatorio, los supuestos hechos se habrían producido en abril de 2012, habiéndose promulgado el 10 de noviembre de 2010, la Ley 054 que modifica el art. 271 del Código Penal boliviano, y el 1 de mayo de 2013 la Ley 369, que modifica este mismo artículo, por lo cual considera que existe una errónea aplicación de la ley sustantiva.
II.3.Del Auto de Vista impugnado
- Por memorial presentado el 15 de octubre de 2019, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 25/2014 de 2 de diciembre (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 1048/2019-RA, se extrae el siguiente
- I.1.3. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 1048/2019-RA de 2 de diciembre, este Tribunal admitió el recurso formulado por
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- Por Sentencia 25/2014 de 2 de diciembre, la Juez de Sentencia Primero del Tribunal Departamental
- II.3.Del Auto de Vista impugnado
- Radicada la causa en la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro,
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por los arts
- El art
- La atribución de este Tribunal, de sentar y unificar jurisprudencia, contiene íntima y estrecha relación
- Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
- Antes de analizar el precedente invocado por el recurrente, es preciso acudir al razonamiento establecido
- III.3. Del precedente invocado y Análisis del caso concreto
- La parte recurrente invoca como precedente en el recurso de casación sujeto a análisis el
- Al respecto, en el marco de art
- Por lo referido, al haberse establecido que dicho precedente invocado no tiene situación de hecho
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
