Auto Supremo AS/0267/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0267/2020-RA

Fecha: 16-Mar-2020

El recurrente en relación a la flagrancia (art


El recurrente en relación a la flagrancia (art. 230 CPP), en su recurso de apelación restringida, señala que hubiera hecho hincapié ante el Juez que al haber ingresado a su domicilio sin una orden de allanamiento y sin la presencia del Fiscal fue de manera ilegal; por lo que, señala que se debía considerar los pasos indicados en la norma procesal respecto al allanamiento y las pruebas emitidas por la FELCN, tratando de justificar con la flagrancia para armar un delito; sin considerar, que dichos actos anularía la prueba al ser ilegalmente obtenida; sobre dichas afirmaciones señala que el Juez no debió admitir las pruebas presentadas por la FELCN debiendo conminar al Ministerio Público para que actúe conforme a Ley para no entrar en actividad procesal defectuosa (art. 167 CPP)