Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0267/2020-RA
Fecha: 16-Mar-2020
-
Por memorial presentado el 6 de febrero de 2020, cursante de fs
-
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
-
Contra la mencionada Sentencia, el imputado Carlos Joaquín Roca Ribera, interpuso recurso de apelación restringida
-
Por diligencia del 30 de enero de 2020 (fs
-
Del recurso de casación interpuesto, se extrae el siguiente agravio
-
Además, el recurrente refiere que se le hubiera Sentenciado el 26 de septiembre del 2019,
-
El recurrente en relación a la flagrancia (art
-
Respecto a la prueba y su legalidad, el recurrente indica que en ningún momento autorizó
-
El recurrente deja establecido que los vocales de la Sala Penal Segunda no dan una
-
El art
-
En este contexto, el art
-
Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
-
ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
-
Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
-
iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
-
El precepto legal contenido en el citado art
-
Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
-
Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
-
Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
-
En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
-
El recurrente denuncia violación al debido proceso en su vertiente del derecho a la impugnación
-
Al respecto, se observa que el impetrante no invoca precedente contradictorio alguno, lo cual hace
-
Asimismo, se advierte que el recurrente si bien hace referencia a la existencia de vulneración
-
Regístrese, hágase saber y devuélvase
-
FDO
-
Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
Otros enlaces de interés: