Auto Supremo AS/0325/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0325/2020-RA

Fecha: 20-Mar-2020

Del recurso de casación interpuesto, se extrae que la parte recurrente pretende que esta Sala Penal, resuelva


IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

El recurrente reclama que la Resolución -que resuelve la apelación incidental-, contiene exigencias contradictorias a su derecho a la presunción de inocencia, generando indefensión absoluta por incorporación de elementos nuevos a la acusación fiscal y particular, que debieron ser rechazados.

Del recurso de casación interpuesto, se extrae que la parte recurrente pretende que esta Sala Penal, resuelva cuestiones incidentales. Al respecto se debe tomar en cuenta que a los efectos de resolver la admisibilidad o inadmisibilidad del presente motivo, el art. 416 del CPP, establece que el recurso de casación procede para impugnar Autos de Vista, dictados por los Tribunales Departamentales de Justicia, que sean contrarios a otros precedentes pronunciados por las Salas Penales de dichos Tribunales o del Tribunal Supremo de Justicia; asimismo, el segundo párrafo de dicha norma, estipula que para la procedencia de este recurso, el precedente contradictorio debe ser invocado a tiempo de plantear el recurso de apelación restringida, de ello se establece que el recurso de casación sólo procede contra Autos de Vista pronunciados dentro de un recurso de apelación restringida, que en los hechos implica la impugnación de la Sentencia, conforme dispone el art. 407 del CPP, lo que supone la necesaria consideración de las disposiciones contenidas en el art. 394 del CPP, así como de la legitimación objetiva, en el entendido, de que es la norma lo que limita los recursos a los establecidos en cada caso por la ley procesal penal, para los supuestos expresamente previstos