Auto Supremo AS/0325/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0325/2020-RA

Fecha: 20-Mar-2020

En ese marco se tiene que, en el caso de autos la parte recurrente pretende

 
Por otra parte, el art. 403 del CPP, contiene un listado de resoluciones, que son pronunciadas durante la sustanciación del proceso como emergencia de haberse suscitado excepciones o incidentes, que son impugnables mediante el recurso de apelación incidental y que no admiten ulterior recurso, entendimiento que contiene plena coherencia con el art. 394 del CPP, que prevé que las resoluciones judiciales serán recurribles en los casos expresamente establecidos por la norma penal adjetiva y cuyo derecho a recurrir corresponderá a quien le sea expresamente permitido por ley, de ahí que, el recurso de casación no procede contra las Resoluciones que resuelven los recursos de apelación incidental, sin que éste criterio signifique una vulneración al derecho a recurrir.
 
En ese marco se tiene que, en el caso de autos la parte recurrente pretende que este Tribunal casacional ingrese a verificar una presunta ilegal Resolución de Apelación Incidental, que por sus características no es recurrible mediante recurso de casación, toda vez que el Tribunal Supremo de Justicia carece de competencia para pronunciarse al respecto, puesto que esta clase de Resoluciones no admiten recurso ulterior ordinario, conforme a la normativa citada precedentemente, razón por la cual, el presente fundamento recursivo resulta inadmisible, ante la carencia de impugnabilidad objetiva; denotando de parte del recurrente una falencia recursiva que desnaturaliza la propia norma procesal deviniendo en inadmisible el recurso impetrado, conforme esta Sala determinó en casos similares como los resueltos a través de los Autos Supremos 684/2019-RA de 23 de mayo, 221/2016-RA de 21 de marzo, entre otros