Auto Supremo AS/0326/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0326/2020-RA

Fecha: 20-Mar-2020

Finalmente, en cuanto a los argumentos del tercer motivo, se observa que el recurrente denuncia


Respecto al segundo motivo, referido a una supuesta contradicción entre el Auto Supremo 125/2013 de 10 de mayo con el Auto de Vista impugnado, no se logra comprender de manera precisa, cuál la oposición argüida; toda vez que, el recurrente se limita a indicar que el precedente citado, es invocado por el mismo Tribunal de alzada a tiempo de referirse a la normativa inherente a la aplicación de la pena, por consiguiente, se observa el incumplimiento de las exigencias procesales para la admisión del recurso contenidas en el art. 417 del CPP, deviniendo el motivo de análisis en inadmisible.

Finalmente, en cuanto a los argumentos del tercer motivo, se observa que el recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado en la resolución de los motivos décimo quinto y décimo sexto de su alzada, observó cuestiones formales y no aplicó la previsión contenida en el art. 399 del CPP en cuanto a la oportunidad de subsanación del recurso, siendo esta precisamente la contradicción con el Auto Supremo 10 de 26 de enero de 2007 invocado al efecto; por lo que, siendo el Auto de Vista supuestamente contradictorio al citado precedente, corresponde el análisis de fondo del presente motivo; razón por la cual, resulta admisible el motivo para considerar el análisis de fondo de la problemática planteada