Auto Supremo AS/0361/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0361/2020

Fecha: 09-Mar-2020

Violación al debido proceso por falta de fundamentación y motivación

Así, la documental de fs. 33 de obrados, que acredita el pago de alquiler mensual por la oficina 3 de la terminal de buses de Padilla, que era ocupada por dos empresas en forma compartida, las cuales eran atendidas por la demandante en forma simultánea y como única empleada. De igual modo, la documental de fs. 41 a 44, de fs. 61, 62. En cuanto a la confesión provocada a la demandante, cursante a fs. 66 de obrados, que destaca que fue contratada por Jaime Andrés Vaca desde el 11 de febrero de 2009, y que luego de cuatro años, ingresó como empresa incorporada Transporte “20 de agosto”; reconociendo que su sueldo de Bs1.000 era cancelado por la empresa demandada, mientras que la segunda, le cancelaba la suma de Bs500, por venta de pasajes, en razón de un acuerdo entre ambas empresas. De igual manera, las declaraciones testificales de fs. 71 y 72, última prestada por Nelson Aguilar Balderrama, que acredita que las oficinas eran atendidas por el esposo de la demandante y luego por su hija de 14 años, demostrándose que no trabajaba en forma personal en la empresa incumpliendo su contrato de trabajo mediante el abandono laboral, aspecto que no fue motivado ni fundamentado en la Resolución recurrida; y, tampoco, la razón por la que no se condenó a ambos empleadores al pago de la carga social que debió ser compartida.
Violación al debido proceso por falta de fundamentación y motivación