Auto Supremo AS/0254/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0254/2020-RA

Fecha: 02-Jul-2020

c) Aseveró, que no se demandó la nulidad de su declaratoria de herederos, instrumento público

b) Denunció que el auto de vista impugnado se apartó de la jurisprudencia generada por el Tribunal Supremo de Justicia, mediante varios Autos Supremos entre ellos el A. S. Nº 574/2013 de 05 de noviembre, A. S. Nº 441/2015 de 17 de junio, que refieren que la petición de prescripción de la aceptación de la herencia solo puede ser invocada por los herederos y entre herederos, petición que no alcanza a los acreedores y terceros.
c) Aseveró, que no se demandó la nulidad de su declaratoria de herederos, instrumento público que goza de toda validez y calidad probatoria y solo podría ser demandada de prescripción por parte de otros herederos con relación al patrimonio de su hermano Armando Quiroga Daza. Añadió que los demandados no tienen la facultad de demandar prescripción de aceptación de herencia, porque no son coherederos del mismo de cujus, ellos cuentan con derecho sucesorio respecto de Leonor Coronado Muñoz Vda. de Quiroga, más no así de su hermano Armando Quiroga Daza