Auto Supremo AS/0373/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0373/2020-RRC

Fecha: 28-Jul-2020

Así, en cuanto a las observaciones planteadas por los recurrentes respecto a las declaraciones de


Así, en cuanto a las observaciones planteadas por los recurrentes respecto a las declaraciones de sus testigos Severina Zegarra vda. de Solíz, Rafael Navarro Trujillo, Sebastián Solíz Mamani, Cirilo Mamani Uyuquipa y otros, y al énfasis de establecer la verdad histórica del hecho al no existir restricciones para que los vecinos y parientes puedan declarar; se verifica que dicha denuncia cursa en el primer agravio planteado en el recurso de apelación restringida interpuesto por los ahora recurrentes y que sobre las declaraciones testificales el contenido del Auto de Vista impugnado, señala de manera genérica que se realizó una adecuada apreciación conjunta de toda la prueba, sin violación de las reglas de la sana crítica e inclusive transcribe el párrafo de la Sentencia que establece que ninguno de ellos identificaron al presunto autor y/o autores de la lesiones causadas a la víctima y que provocaron su muerte; lo que sin duda hace ver que el Tribunal de apelación respecto de este punto, si bien no cuenta con una devolución exhaustiva e independiente sobre el agravio expresado por los apelantes, expresó puntualmente que respecto a la valoración de la prueba testifical y documental, no existió violación alguna, conforme consta en el punto III.3.1 del presente fallo