Auto Supremo AS/0426/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0426/2020

Fecha: 22-Jul-2020

En cuanto a la

En cuanto a la Compensación de Cotizaciones, el art. 24.I de la Ley N° 065 de 10 de diciembre de 2010, establece que: “Es el reconocimiento que otorga el Estado Plurinacional de Bolivia, a los Asegurados por los aportes efectuados al Sistema de Reparto vigente hasta el 30 de abril de 1997, que se financia con los recursos del Tesoro General de la Nación”; norma que para su atención debe observar lo establecido en el art. 2 del Decreto Supremo N° 0822 de 16 de marzo de 2011, de la normativa referida se colige que al ser la compensación de cotizaciones un reconocimiento de los aportes efectuados por el asegurado para el goce de una jubilación, le es aplicable el tratamiento extraordinario de certificación de aportes