Auto Supremo AS/0427/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0427/2020-RA

Fecha: 29-Jul-2020

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 427/2020-RA
Sucre, 29 de julio de 2020

Expediente: Santa Cruz 28/2020
Parte Acusadora    : Ministerio Público y Servicio de Registro Cívico (SERECI) Santa Cruz
Parte Imputada     : Manuel Jesús Angulo Dorado
Delitos     : Concusión

RESULTANDO

Por memorial presentado el 9 de marzo de 2020, cursante de fs. 242 a 247 vta., Manuel Jesús Angulo Dorado interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 68 de 11 de diciembre de 2109 de fs. 233 a 236, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y el Servicio de Registro Cívico (SERECI) Santa Cruz, contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Concusión previsto y sancionado por el art. 151 del Código Penal (CP).

I. DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

Por Sentencia 86/2019 de 13 de julio (fs. 173 a 175 vta.), el Juzgado Décimo de Instrucción Cautelar de la Capital del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en mérito a los fundamentos fácticos y jurídicos que expuso y la aplicación de los arts. 373 y 374 con relación a los arts. 365, 393 bis y 393 ter núm. 1) del Código de Procedimiento Penal (CPP) y art. 37 del CP, existiendo prueba suficiente que lo llevó a la convicción sobre la responsabilidad penal del imputado en la comisión del delito de Concusión previsto y sancionado en el art. 151 del CP, condenó a Manuel Jesús Angulo Dorado, a una pena de tres (3) años de privación de libertad.

Contra la mencionada Sentencia, el acusado Manuel Jesús Angulo Dorado (fs. 189 a 191), interpuso recurso de apelación restringida; a cuyo efecto, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista 68 de 11 de diciembre de 2109, declarando admisible e improcedente el recurso de apelación restringida y en consecuencia confirmó la Sentencia dictada dentro de procedimiento abreviado