POR TANTO: La Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
POR TANTO: La Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, ejerciendo la facultad conferida por el art. 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial y la disposición del art. 220-I-3 del CPC-2013, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación en la forma de fs. 91 a 93, interpuesto por Armando Magne Zelaya, en representación de la Gerencia Regional Oruro de la Aduana Nacional de Bolivia, contra el Auto de Vista N° 73/2020 de 28 de febrero, de fs. 84 a 88, emitido por la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro
- VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs
- Al presente, estando en plena vigencia el Código Procesal Civil (CPC-2013), que estableció en su
- II. ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD Y DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- 3
- Resolución del caso concreto
- A este efecto, este Tribunal a través de diferentes Autos Supremos, entre ellos el Nº
- Sobre el tema, el art
- De la normativa señalada, se debe entender que lo pretendido por el legislador cuando estableció
- A efectos de mayor comprensión, la SC 0092/2010-R de 4 de mayo, ha orientado sobre
- Empero, lo expuesto no resulta una regla absoluta, en el entendido que el legislador ha
- Por consiguiente, existen ciertos casos en los cuales pese a ser una resolución de carácter
- En consecuencia, corresponde emitir resolución conforme determina el art. 220-I núm. 3) del CPC-2013
- POR TANTO: La Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Sin costas en todo el proceso en aplicación de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.-
