Por Sentencia 04/2019 (fs
Parte Imputada: Lugo Caicedo Wilson y otros
Delitos: Tráfico de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 2 de marzo de 2020, cursante a fs.1235 a 1237 de Lugo Caicedo Wilson, Gómez López Erwin, Ortega José Alfredo y Ortega Zenaida, interponen recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 03/2020 de 07 de febrero, de fs. 1218 a 1223, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra de los recurrentes, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, Asociación Delictuosa y Confabulación previstos y sancionados por los Arts. 48,33 inc. m) y 53 de la Ley 1008 y de conformidad al Art. 363 inc. 2) DEL CPP.
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes procesales, se establece lo siguiente:
Por Sentencia 04/2019 (fs. 1194 a 1201 vta.), el Tribunal de Sentencia de Puerto Suarez, declaró a los acusados Lugo Caicedo Wilson, Gómez López Erwin, Ortega José Alfredo y Ortega Zenaida, absueltos de culpa y pena de la comisión de los delitos de Tráfico de Sustancias Controladas, Asociación Delictuosa y Confabulación previstos y sancionados por los Arts. 48,33 inc. m) y 53 de la Ley 1008 y de conformidad al Art. 363 inc. 2) DEL CPP
Delitos: Tráfico de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 2 de marzo de 2020, cursante a fs.1235 a 1237 de Lugo Caicedo Wilson, Gómez López Erwin, Ortega José Alfredo y Ortega Zenaida, interponen recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 03/2020 de 07 de febrero, de fs. 1218 a 1223, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra de los recurrentes, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, Asociación Delictuosa y Confabulación previstos y sancionados por los Arts. 48,33 inc. m) y 53 de la Ley 1008 y de conformidad al Art. 363 inc. 2) DEL CPP.
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes procesales, se establece lo siguiente:
Por Sentencia 04/2019 (fs. 1194 a 1201 vta.), el Tribunal de Sentencia de Puerto Suarez, declaró a los acusados Lugo Caicedo Wilson, Gómez López Erwin, Ortega José Alfredo y Ortega Zenaida, absueltos de culpa y pena de la comisión de los delitos de Tráfico de Sustancias Controladas, Asociación Delictuosa y Confabulación previstos y sancionados por los Arts. 48,33 inc. m) y 53 de la Ley 1008 y de conformidad al Art. 363 inc. 2) DEL CPP
- Parte Acusadora: Ministerio Público
- Por Sentencia 04/2019 (fs
- Contra la referida Sentencia, el Ministerio Público, formuló recurso de apelación restringida (fs
- En este contexto, el Art
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Con relación al primer motivo, los recurrentes denuncian la vulneración al debido proceso y su
- Al respecto, siendo que la contradicción alegada por el recurrente es recién perceptible en alzada,
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
