La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Expediente: LP-54-20-A
- Partes: Hotel Latino S
- Proceso: Devolución de pagos indebidos más daños y perjuicios
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II
- 1. De la Resolución impugnada
- Del análisis del Auto de Vista Nº 107/ 2020 de 10 de marzo, cursante de
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- Se colige que el recurrente al margen de identificar plenamente la resolución impugnada, es decir
- 4. Del contenido del recurso de casación
- El Auto de Vista recurrido evadió pronunciarse sobre los agravios siguientes
- c) Que no hubo pronunciamiento del porqué la demanda correspondería en la vía del proceso
- El Auto de Vista sostiene erradamente que la empresa demandada es una entidad pública y
- De esta manera solicita anulación por falta de motivación o casación disponiendo como competencia la
- En consecuencia se infiere que el recurso de casación resulta admisible correspondiendo su análisis y
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
