Auto Supremo AS/0437/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0437/2020-RA

Fecha: 04-Ago-2020

En el primer motivo del recurso de casación, el recurrente denuncia que el Auto de

En el primer motivo del recurso de casación, el recurrente denuncia que el Auto de Vista carece de motivación, fundamentación e incurre en incongruencia omisiva, por cuanto resuelve el agravio fundado en la presunta errónea aplicación de la norma sustantiva por incorrecta subsunción de los hechos probados, justificando la nulidad de la Sentencia en el art. 370 núm. 1 y 5 y art. 412 del CPP, haciendo sus fundamentos inentendibles; inclusive, en el primer párrafo de la última hoja del Auto de Vista, se indica que no es necesario pronunciarse sobre todos los motivos del recurso. Además, que el imputado en su apelación, no fundamentó cuál era la norma erróneamente aplicada y cuál era la aplicación que pretendía y pese a ello, el Tribunal concede la petición supliendo las falencias del recurso y anula la Sentencia, sin considerar el art. 408 del CPP, inobservando del principio de igualdad e incurriendo en violación del derecho al debido proceso en su vertiente fundamentación de las decisiones, previstos en los arts. 115, 117 y 119 de la CPE y art. 124 del CPP y finalmente, implica la existencia de defecto absoluto no subsanable, sancionado con nulidad de conformidad con el art. 169 inc. 3) del adjetivo penal. Al efecto, cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 724 de 26 de noviembre de 2004 y 86/2013 de 26 de marzo, referidos a la motivación, fundamentación y congruencia de las decisiones judiciales y al derecho a la igualdad