Que en el caso de autos no se cumplió con lo establecido por el art
Del contenido del recurso de casación.
De la revisión del recurso de casación, Godofredo Antelo Gongora en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusa:
Que en el caso de autos no se cumplió con lo establecido por el art. 365.I del Código Procesal Civil dado que no se cumplió la asistencia de la parte demandante a la audiencia de fs. 339, mando a su abogado con un poder notarial otorgado en fecha18 de enero de 2018, sin embargo, no tenía el justificativo para no asistir a la audiencia, más aun si se considera que el certificado médico de fs. 342 contiene declaraciones falsas, aspecto que fue demostrado a través de un incidente planteado por el recurrente
De la revisión del recurso de casación, Godofredo Antelo Gongora en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusa:
Que en el caso de autos no se cumplió con lo establecido por el art. 365.I del Código Procesal Civil dado que no se cumplió la asistencia de la parte demandante a la audiencia de fs. 339, mando a su abogado con un poder notarial otorgado en fecha18 de enero de 2018, sin embargo, no tenía el justificativo para no asistir a la audiencia, más aun si se considera que el certificado médico de fs. 342 contiene declaraciones falsas, aspecto que fue demostrado a través de un incidente planteado por el recurrente
- Auto Supremo: 362/2020-RA
- Expediente:B-7-20-S
- Proceso: Acción negatoria, reivindicatoria y entrega de bien inmueble
- Distrito: Beni
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Godofredo Antelo Gongora según memorial
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista Nº 02/2020 de 30 de enero, cursante de fs
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs
- De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que la recurrente, al margen de identificar debidamente la
- Que en el caso de autos no se cumplió con lo establecido por el art
- De esta manera, solicita que se emita un auto supremo que case el auto de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
