De esta manera, solicita la anulación del auto de vista o en su caso se
4. Del contenido del recurso de casación.
De la revisión del recurso de casación, se observa que el recurrente en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusa:
Que el Tribunal de alzada pronunció el Auto de Vista sin motivación ni fundamentación legal, dado que carecería de precisión, cuya decisión no fuera expresa y positiva.
Que el Tribunal de alzada efectuó una errónea interpretación del art. 365 del Código Procesal Civil, puesto que dicha norma exigiría la presencia personal del demandante y que el poder no puede sustituir dicha exigencia.
Que los vocales, infringieron el debido proceso, por cuanto el Auto de Visto es irrito e incompleto.
De esta manera, solicita la anulación del auto de vista o en su caso se emita un Auto Supremo que case el Auto de Vista
De la revisión del recurso de casación, se observa que el recurrente en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusa:
Que el Tribunal de alzada pronunció el Auto de Vista sin motivación ni fundamentación legal, dado que carecería de precisión, cuya decisión no fuera expresa y positiva.
Que el Tribunal de alzada efectuó una errónea interpretación del art. 365 del Código Procesal Civil, puesto que dicha norma exigiría la presencia personal del demandante y que el poder no puede sustituir dicha exigencia.
Que los vocales, infringieron el debido proceso, por cuanto el Auto de Visto es irrito e incompleto.
De esta manera, solicita la anulación del auto de vista o en su caso se emita un Auto Supremo que case el Auto de Vista
- Auto Supremo: 367/2020-RA
- Expediente: CH-19-20-S
- Distrito: Chuquisaca
- CONSIDERANDO I
- A la audiencia preliminar no habría asistido el demandante, sino los apoderados, por cuya razón
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista N° 45/2020 de 6 de febrero cursante de fs
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la diligencia de notificación
- A fs
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que el recurrente, al margen de identificar debidamente la resolución
- De esta manera, solicita la anulación del auto de vista o en su caso se
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
