Del recurso de casación, interpuesto por Ana Consuelo Flores Michel, se extracta lo siguiente
Del recurso de casación, interpuesto por Ana Consuelo Flores Michel, se extracta lo siguiente:
Reclamó que el Auto de Vista impugnado vulneró el debido proceso, toda vez que el art. 4 de la Ley Nº 439 refiere que toda persona tiene derecho a un proceso judicial justo y equitativo, al cumplimiento de los arts. 5 y 6 del mismo cuerpo legal y a todos los principios establecidos en el Código Procesal Civil, puesto que no se consideró que el estudio fue realizado sobre una fotocopia que no es original y menos legalizada conforme establece el art. 1311 del Código Civil, siendo que ni la demandante tampoco el Juez realizaron ningún actuado relativo a probar la autenticidad de dicha fotocopia
Reclamó que el Auto de Vista impugnado vulneró el debido proceso, toda vez que el art. 4 de la Ley Nº 439 refiere que toda persona tiene derecho a un proceso judicial justo y equitativo, al cumplimiento de los arts. 5 y 6 del mismo cuerpo legal y a todos los principios establecidos en el Código Procesal Civil, puesto que no se consideró que el estudio fue realizado sobre una fotocopia que no es original y menos legalizada conforme establece el art. 1311 del Código Civil, siendo que ni la demandante tampoco el Juez realizaron ningún actuado relativo a probar la autenticidad de dicha fotocopia
- Auto Supremo: 371/2020-RA
- Expediente: LP-61-20-S
- Partes: Vicky Magaly Siñani Mamani c/ Ana Consuelo Flores Michel, Amalia Mendoza de Alavi y
- Proceso: Nulidad de escrituras públicas, cancelación de registro en Derechos Reales, rehabilitación de asiento, reivindicación
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- 2
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- En el caso de Autos, Ana Consuelo Flores Michel tiene legitimación para interponer el recurso
- 4. Del contenido del recurso de casación
- Del recurso de casación, interpuesto por Ana Consuelo Flores Michel, se extracta lo siguiente
- Petitorio
- Solicitó dejar sin efecto el Auto de Vista impugnado y declarar improbada la demanda
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
