De la lectura del memorial de recurso de casación, se advierte que en la presente
De la lectura del memorial de recurso de casación, se advierte que en la presente acción recursiva no se concreta un motivo que procesalmente se acoja a las previsiones contenida en los arts. 416 y siguientes del CPP, como tampoco su planteamiento posee la suficiente carga argumentativa para inferir de ella una supuesta falta de fundamentación. El recurrente soslayó considerar que este Tribunal tiene específicas atribuciones a tiempo de resolver el recurso de casación, en el que se debe restringir a efectuar un análisis de derecho del Auto de Vista impugnado en comparación con precedentes contradictorios, dirigidos a unificar la jurisprudencia ordinaria en materia penal o bien determinar la existencia de yerros procesales no susceptibles de convalidación, no así a efectuar un análisis sobre los hechos y pruebas que fueron conocidos y valorados, respectivamente, por el Juez o Tribunal de mérito
- Por memorial presentado el 17 de marzo de 2020, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- El precepto legal contenido en el citado art
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se establece que el 10 de marzo de 2020, la
- Primer motivo de casación
- De la lectura del memorial de recurso de casación, se advierte que en la presente
- En este entendido, correspondía que el recurrente efectúe la descripción del agravio de manera clara
- Segundo motivo de casación
- Sobre este particular, la Sala Penal advierte el incumplimiento y carencia de los requisitos exigidos
- Tercer motivo de casación
- Se advierte que el recurso carece de carga argumentativa, previsión tendiente al cumplimiento de los
- Cuarto motivo de casación
- Con relación a este motivo, nuevamente se observa falta de carga argumentativa, por parte del
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
