El primer motivo del recurso de casación denuncia que el Auto de Vista está viciado
El primer motivo del recurso de casación denuncia que el Auto de Vista está viciado de nulidad porque vulnera el derecho al debido proceso en sus elementos defensa, motivación, fundamentación y congruencia, e inobserva los principios de legalidad y presunción de inocencia, todo ello respecto a la defectuosa valoración de la prueba a favor del Estado, como defecto insubsanable que justifica el reenvío del proceso, por cuanto el Tribunal de apelación, sin necesidad de incurrir en valoración de la prueba, omite el análisis de las conclusiones y fundamentación de la injusta Sentencia condenatoria, respecto a la prueba aportada por el imputado, Prueba MP-4, que acredita que de los elementos colectados por la Policía, no se ha encontrado ni una sola botella de whisky adulterado, no se ha encontrado ni un solo sello de la Aduana o de Impuestos Nacionales que hubiera sido falsificado, ni máquina que permita la falsificación de sellos, tampoco menciona la existencia de alguna otra prueba que acredite que el supuesto whisky adulterado generaría problemas de salud o que el imputado comercializó debidas adulteradas con algún local público, privado o persona particular; por lo que correspondía al Tribunal de apelación establecer si la prueba relacionada, vinculaba al imputado en grado de autoría y/o tentativa del delito injustamente atribuido. Cita como jurisprudencia, el Auto Supremo 104 de 20 de febrero de 2004. Como precedente contradictorio, cita y transcribe las partes pertinentes de los Autos Supremos 529 de 17 de noviembre de 2006 y 256/2015-RRC de 10 de abril de 2015, sobre el debido proceso y sus elementos motivación, fundamentación y congruencia de las resoluciones y de los Autos Supremos 677/2015-RA de 27 de noviembre, 178/2016-RRC de 8 de marzo y 184/2016-RRC de 8 de marzo, sobre la valoración defectuosa de la prueba
- Por memorial presentado el 13 de marzo de 2020, Marco Mayo Lara Peñaranda, interpone recurso
- Mediante Sentencia 06/2018 de 5 de marzo, el Tribunal de Sentencia Segundo del Tribunal Departamental
- El imputado formula el recurso de apelación restringida cursante de fs
- Mediante diligencia de 6 de marzo de 2020, Marco Mayo Lara Peñaranda, fue notificado con
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IDENTIFICACIÓN Y ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Por diligencia de fs
- El primer motivo del recurso de casación denuncia que el Auto de Vista está viciado
- Pese a ello, los criterios de flexibilidad establecidos para la admisibilidad de los recursos de
- El segundo motivo, refiere que en la apelación restringida reclamó que la Sentencia no guarda
- Finalmente, como jurisprudencia de manera general, cita y transcribe las partes pertinentes de los Autos
- Por lo anteriormente expuesto, se evidencia el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad del recurso
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
