El segundo motivo, refiere que en la apelación restringida reclamó que la Sentencia no guarda
El segundo motivo, refiere que en la apelación restringida reclamó que la Sentencia no guarda relación con los hechos contenidos en la acusaciones fiscal y particular, por cuanto no mencionan cuál sería el daño a la salud ocasionado, además de no establecer qué clase de debida alcohólica fue adulterada, sin embargo, el Auto de Vista no se pronuncia sobre este hecho, vulnerando el debido proceso. Cita como precedente contradictorio el Auto Supremo 233 de 4 de junio de 2006, sobre el debido proceso y sus elementos motivación, fundamentación y congruencia de las resoluciones
- Por memorial presentado el 13 de marzo de 2020, Marco Mayo Lara Peñaranda, interpone recurso
- Mediante Sentencia 06/2018 de 5 de marzo, el Tribunal de Sentencia Segundo del Tribunal Departamental
- El imputado formula el recurso de apelación restringida cursante de fs
- Mediante diligencia de 6 de marzo de 2020, Marco Mayo Lara Peñaranda, fue notificado con
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IDENTIFICACIÓN Y ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Por diligencia de fs
- El primer motivo del recurso de casación denuncia que el Auto de Vista está viciado
- Pese a ello, los criterios de flexibilidad establecidos para la admisibilidad de los recursos de
- El segundo motivo, refiere que en la apelación restringida reclamó que la Sentencia no guarda
- Finalmente, como jurisprudencia de manera general, cita y transcribe las partes pertinentes de los Autos
- Por lo anteriormente expuesto, se evidencia el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad del recurso
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
