Conforme se tiene expuesto en el acápite II inc
Conforme se tiene expuesto en el acápite II inc. i) de la presente Resolución, el art. 417 del CPP establece que el plazo para la interposición del recurso de casación es de cinco días, mismo que acorde a lo previsto en el art. 130 del CPP, empieza a correr a partir del día siguiente de practicada la notificación, computándose solo los días hábiles
- Por memorial presentado el 22 de octubre de 2019, cursante de fs
- Por Sentencia N° 05/2019 de 11 de marzo (fs
- Mediante diligencias de 14 de octubre de 2019 (fs
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- III. IDENTIFICACIÓN Y ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Conforme se tiene expuesto en el acápite II inc
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
