Previamente, referir que, el derecho a recurrir no debe desvincularse del marco legal que por
IV.2 El recurrente acude en casación señalando en síntesis que, si la carga probatoria en sentencia condujo a su absolución por el delito de Feminicidio en grado de tentativa, no era posible entender que se incurrió en el delito de Violencia Familiar o Doméstica, por el que fue condenado, más cuando las diligencias de investigación no fueron realizadas sobre elementos que en su opinión darían luces sobre la existencia de los elementos constitutivitos de dicho tipo penal, considerando todo ello como un yerro de incongruencia y un reclamo que no fue atendido por el Tribunal de apelación.
Previamente, referir que, el derecho a recurrir no debe desvincularse del marco legal que por especialidad rige cada caso, dicho de otro modo, recurrir no significa pasar por alto la norma adjetiva que prevé cada recurso en específico. Ahora bien, si por esencia, el recurrir le está reservado a quien haya sufrido agravio por alguna resolución ¿es suficiente que quien recurre limite su actividad simplemente a sustentar el agravio? Desde luego que no, pues también deberá tenerse presente que la actividad recursiva se halla tasada por norma, es decir, que paralelamente deberán ser cumplidos los requisitos que la ley exija. Un escenario en el que se deje de lado requisitos formales, degeneraría la actividad recursiva a un foro de atención de reclamos, alejado de la posibilidad de reparar y corregir en derecho algún agravio producido, así como dejaría a la discrecionalidad de la autoridad jurisdiccional cuáles los casos que atiende y cuáles los que no, dentro de un marco indeseado de subjetividad
- Por memorial presentado el 7 de agosto de 2020, Edil Lizondo Javier interpuso recurso de
- Contra la mencionada Resolución, el hoy recurrente promovió apelación restringida resuelta a través de Auto
- El recurrente señala que, si bien el Auto de Vista que impugna redujo la sanción
- Explica que la condena impuesta se fundó en los elementos de prueba presentados con la
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- IV
- Previamente, referir que, el derecho a recurrir no debe desvincularse del marco legal que por
- La Sala considera que el recurso de casación que motiva autos, es de entrada inadmisible,
- En efecto, cuando la norma acude al precedente como mecanismo de funcionamiento procesal del recurso
- Por último, si bien en el memorial del recurso, se invoca los AASS 2369/2012-RRC de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
