De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencia 40/2019 de 10 de septiembre (fs. 137 a 144), el Tribunal Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró a Elva Sandra, Roxana y Soraya Isabel todas de apellidos Caviedes Loayza, absueltas de la comisión del delito del delito de Estelionato, previsto en el art. 337 del CP, ya que la prueba aportada no fue suficiente para generar responsabilidad penal de las acusadas y ordenó la cesación de todas las medidas cautelares personales impuestas en su contra.
Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Jesús Alberto Gordillo Limachi formuló recurso de apelación restringida (fs. 192 a 199 y 251 a 253 vta.), además del memorial de adhesión al recurso que antecede, por parte del representante del Ministerio Público (fs. 209 a 213), que fueron resueltos por Auto de Vista 151/2020 de 21 de julio, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisa, que declaró improcedentes los motivos recursivos, manteniendo incólume la Sentencia apelada
- Por memorial presentado el 11 de agosto de 2020, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- De lo expuesto anteriormente se advierte el incumplimiento de los requisitos establecidos en los arts
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
