Por memorial presentado el 27 de agosto de 2020, Froilán Alanez Escobar y Lidia Sirpa
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 546/2020-RA
Sucre, 25 de septiembre de 2020
Expediente : Pando 8/2020
Parte Acusadora: Froilán Alanez Escobar y Lidia Sirpa Llusco
Parte Imputada : Teresa Zarate Antonio
Delito : Receptación
RESULTANDO
Por memorial presentado el 27 de agosto de 2020, Froilán Alanez Escobar y Lidia Sirpa Llusco, interponen recurso de casación, impugnando el Auto de Vista de 8 de julio de 2020, pronunciado por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso penal con inversión de acciones de penal pública a acción penal privada, seguido por los recurrentes contra Teresa Zarate Antonio, por la presunta comisión del delito de Receptación, previsto y sancionado por el art. 172 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 546/2020-RA
Sucre, 25 de septiembre de 2020
Expediente : Pando 8/2020
Parte Acusadora: Froilán Alanez Escobar y Lidia Sirpa Llusco
Parte Imputada : Teresa Zarate Antonio
Delito : Receptación
RESULTANDO
Por memorial presentado el 27 de agosto de 2020, Froilán Alanez Escobar y Lidia Sirpa Llusco, interponen recurso de casación, impugnando el Auto de Vista de 8 de julio de 2020, pronunciado por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso penal con inversión de acciones de penal pública a acción penal privada, seguido por los recurrentes contra Teresa Zarate Antonio, por la presunta comisión del delito de Receptación, previsto y sancionado por el art. 172 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 27 de agosto de 2020, Froilán Alanez Escobar y Lidia Sirpa
- Mediante Sentencia Nº 31/2019 de 29 de abril, el Juzgado de Sentencia Penal Primero del
- La imputada formula el recurso de apelación restringida cursante de fs
- Mediante diligencia de 20 de julio de 2020, Froilán Alanez Escobar, es notificado con el
- Mediante diligencia de 16 de julio de 2020, la imputada Teresa Zarate Antonio, es notificada
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IDENTIFICACIÓN Y ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Con la finalidad de verificar el cumplimiento del plazo para interponer el recurso de casación,
- Los plazos responden a razones de seguridad y certeza en el desarrollo del proceso, que
- Como señala Hugo Alsina: “El proceso es un conjunto de actos de procedimientos ejecutados por
- Por diligencia de fs
- El primer motivo del recurso, está vinculado al incidente y a la excepción formulados; denuncia
- El segundo motivo casacional, está vinculado a la excepción de prescripción de la acción penal;
- El tercer motivo del recurso de casación, esté vinculado al incidente de extinción de la
- De ello se infiere que la imputada interpone el recurso de casación únicamente en cuanto
- Por todo lo expuesto, se evidencia el incumplimiento de los requisitos de admisibilidad del recurso
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
