De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencia 21/2019 de 29 de julio (fs. 595 a 613), el Tribunal de Sentencia Octavo del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Claribel Ayala Perrogón, absuelta de pena y culpa de la comisión de los delitos de Incumplimiento de Deberes, Negativa o Retardo de Justicia y Resoluciones Contrarias a la Constitución y a las Leyes, previsto y sancionado por los arts. 154, 177 y 153 del CP, ordenándose la cancelación de todas las medidas impuestas.
Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público, Consejo de la Magistratura y la acusadora particular, formulan recursos de apelación restringida (fs. 624 a 629, 696 a 699 vta. y 746 a 747), que fueron resueltos por Auto de Vista 15/2020 de 24 de julio, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisibles e improcedentes los recursos planteados, confirmando en consecuencia la sentencia impugnada.
Por diligencia de 14 de agosto de 2020 (fs. 761), fue notificada la recurrente con el referido Auto de Vista; y, el 21 del mismo mes y año, interpuso el recurso de casación, que es objeto del presente análisis de admisibilidad
- Por memorial presentado el 21 de agosto de 2020, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Con relación al único motivo, en el que señala que en la sustanciación del proceso
- Al respecto, la recurrente no invoca precedente contradictorio alguno; por lo que no cumple con
- A efectos de contrastar lo denunciado, los argumentos de la misma y descubrir un sentido
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
