2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
De la revisión de antecedentes se tiene que, la parte recurrente cumplió con el requisito del plazo para la interposición del recurso de casación; habida cuenta a fs. 702 que fue notificada el 17 de septiembre de 2020 con el Auto de 08 de septiembre de 2020 de denegación a solicitud de aclaración y enmienda al Auto de Vista Nº 10/2020 de 10 de enero y presentó su recurso de casación de fs. 703 a 705, el 01 de octubre del mismo año; en vigencia del plazo de diez días señalado por el art. 273 del Código Procesal Civil.
