1. De la resolución impugnada.
Del análisis del Auto de Vista Nº 116/2020 de 03 de agosto, cursante de fs. 741 a 751 vta., se advierte que el mismo revocó parcialmente la sentencia apelada dictada dentro un proceso ordinario sobre resolución de contrato, daños y perjuicios, pago de expensas; lo que permite inferir que la resolución recurrida se encuentra dentro de los casos de procedencia que establece el art. 270 del Código Procesal Civil.
