Consideraciones previas.
Previa la consideración de lo fundamentado por la parte recurrente, se debe tener en cuenta que el recurso de casación o nulidad, es un medio extraordinario de impugnación, que se asemeja a un juicio de puro derecho, mediante el cual se impugna la correcta aplicación, al caso concreto de normas sustantivas o la idónea interpretación y aplicación de los procedimientos previstos en las normas adjetivas, vía casación en el fondo o en la forma, según corresponda; que en el caso concreto y previa revisión del mismo, congruente con el auto admisorio se trata de un recurso de nulidad o casación, ratificado por el petitorio del recurrente que pide se REVOQUE el Auto de Vista respectivo, consecuentemente por la naturaleza del recurso, debe estar fundado en la existencia de una violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la ley sustantiva, en observancia del art. 271 parág. I del Código Procesal Civil (CPC), en la interpretación de lo establecido en la naturaleza y objeto del mismo, este recurso se otorga sólo para los casos específicamente señalados en la normativa señalada del Código Procesal Civil, cuya finalidad busca el restablecimiento del imperio de la ley que se considera fue infringida, de modo que se realiza un control jurisdiccional en casación a la labor desarrollada por el tribunal de apelación en el caso concreto. En ese sentido, a efectos de resolver el recurso de casación en la forma y en el fondo en análisis, al evidenciarse que ambos recursos contienen el mismo argumento referidos a la errada valoración de la prueba, se resuelve el mismo en conjunto por contener los mismos argumentos.
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
- SEGUNDA
- Auto Supremo Nº 617/2021.
- Sucre, 26 de octubre de 2021
- Expediente: SC-CA.SAII- LP. 486/2021.
- Distrito: La Paz.
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez.
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I:
- I. 1. Antecedentes del proceso.
- I.1.1. Sentencia. -
- I.1.2 Auto de Vista
- II. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACION. -
- En la forma.
- Petitorio:
- En el fondo.
- Responde recurso de casación.
- CONSIDERANDO II:
- II.1. - Fundamentos jurídicos del fallo.
- Consideraciones previas.
- Resolviendo el recurso de casación en el fondo y en la forma.
- POR TANTO
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
