Contestación de fs. 340 a 341:
Argentina Caballero Chávez, por escrito de fs. 340, contestó al recurso de casación, afirmando que ratifica que la Sentencia realizó una incorrecta valoración de la prueba.
Sobre la excepción de pago documentado, refirió que los pagos realizados por el empleador, no fueron reconocidos como finiquitos consolidados, porque constituyen pagos realizados a cuenta, el finiquito por el monto de Bs.90.000 carece de valor legal, al indicarse que la firma plasmada en el documento no corresponde a la trabajadora y no cumple los requisitos exigidos en el art. 135 del CPT.
El finiquito de fs. 50 no establece un pago de quinquenio, el cual deberá ser tomado como anticipo de beneficios sociales.
El finiquito de fs. 51 si bien establece que corresponde al pago de quinquenio, el mismo no indica las fechas o el periodo al que corresponde, siendo correcto el cálculo por indemnización por 14 años y 6 meses.
Solicito se declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por la parte demandad.
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 641
- Sucre, 8 de noviembre de 2021
- Expediente :
- Demandante :
- Demandado : Guardería Infantil “El Ángel”.
- Proceso :
- Distrito :
- Magistrado Tramitador :
- VISTOS:
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Sentencia.
- PROBADA en Parte
- Auto de Vista.
- CORFIRMÓ
- II.- RECURSOS DE CASACIÓN Y ADMISIÓN:
- II.1.- Recurso de casación en el fondo, de fs. 325 a 330, interpuesto por el Argentina Caballero Chávez:
- 1.
- Petitorio
- Contestación de fs. 343:
- II.2.- Recurso de casación en el fondo de fs. 332 a 336, interpuesto por la Guardería Infantil “El Ángel”, a través de su apoderado Richard Ángel Gutiérrez Pantoja:
- Contestación de fs. 340 a 341:
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
- Doctrina y jurisprudencia aplicable al caso:
- Fundamentación del caso concreto:
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase. -
