Auto Supremo Nº 134/2012
3.- Por último, sobre la procedencia del recurso de casación la jurisprudencia relievó su finalidad de manera uniforme, como por ejemplo en el Auto Supremo 253/2017, del 09 de marzo 2017, que haciendo cita del Auto Supremo Nº 134/2012 de 04 de junio, sobre las causales y requisitos de procedencia para el recurso de casación en el fondo y en la forma, ha razonado lo siguiente:
“…doctrinalmente se considera al recurso de casación como aquel medio impugnatorio vertical y extraordinario procedente en supuestos estrictamente determinados por ley y dirigido a lograr que el máximo tribunal revise y reforme o anule las resoluciones expedidas en revisión por las Cortes Superiores o las sentencias de primera instancias, en la casación por salto, que infringen las normas de derecho material, la doctrina jurisprudencial, las normas que garantizan el derecho a un debido proceso, o las formas esenciales para la eficacia y validez de los actos procesales (Hinostroza Minguez Alberto José)”.
- Fragmento 1
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 651
- Sucre, 8 noviembre de 2021
- Expediente :
- Demandante :
- Demandado :
- Fragmento 9
- Proceso :
- Departamento
- Magistrado Relator
- VISTOS:
- I.- CONSIDERACIONES LEGALES:
- II.- ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD:
- Auto Supremo Nº 134/2012
- privilegiar la recta aplicación de la ley
- no se trata de una tercera instancia
- una demanda nueva de puro derecho
- en el fondo
- son dos medios de impugnación distintos,
- POR TANTO
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
