VISTOS:
VISTOS: El recurso de casación de fs. 280 a 281 vta., interpuesto por, Carmen Méndez Vaca de Justiniano contra el Auto de Vista Nº 246/2021 de 04 de agosto de 2021 cursante de fs. 275 a 277 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica Pública Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso ordinario sobre reivindicación, desocupación y entrega de inmueble seguido por Carmen Emerenciana Donoso de Aramayo y Elizabeth Debbe Velasco representadas por Efrain Hernani Butron contra la recurrente, la contestación de fs. 284 a 286 vta. el Auto de concesión de 21 de octubre de 2021 a fs. 287, el Auto Supremo de Admisión N° 970/2021-RA de 05 de noviembre de fs. 293 a 294 vta., todo lo inherente al proceso; y:
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- S A L A C I V I L
- Auto Supremo:1046/2021
- Fecha:
- Expediente:
- Partes:
- Proceso:
- Distrito:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1.
- 2.
- 3.
- CONSIDERANDO II:
- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU CONTESTACIÓN
- De la respuesta al recurso de casación.
- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- III.1. Reembolso al poseedor de buena fe por las mejoras y ampliaciones.
- III.2. Objeto del proceso.
- III.3.
- III.4. Respecto a la valoración de la prueba.
- La valoración de la prueba constituye una operación intelectual realizada por la autoridad judicial para determinar la eficacia de los medios probatorios que fueron producidos durante la tramitación del proceso con las cuales las partes pretenden acreditar los hechos que sustentan su pretensión.
- CONSIDERANDO IV:
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
- Relator:
