Auto Supremo AS/1065/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1065/2021

Fecha: 30-Nov-2021

Respuesta al recurso de casación por Miguel Ángel Fernández Mercado.

Los recurrentes no logran entender el espíritu del art. 111.I del Código Procesal Civil, pues dicha norma se refiere sobre la prueba documental que debe acompañarse a la demanda y no a la prueba testifical que está regido por el parágrafo III del artículo citado, que señala que al presentar prueba se debe señalar los hechos que se pretende probar con la misma, por cuya razón la Juez Ad quo obrando de manera legal, rechazó la producción de la referida prueba testifical y confesión provocada.

Respecto a los aspectos no considerados en Sentencia que determinan nulidad, los mismos son nuevos y no fueron formulados en su recurso de apelación; y que obviamente no fueron objeto de análisis y consideraciones por el Tribunal de alzada por lo que los demandados están violentando de manera flagrante el principio de congruencia y taxatividad que debe existir entre los fundamentos expuestos en el recurso de apelación que fueron resueltos mediante el Auto de Vista y los fundamento expuestos en el recurso de casación.

El acápite III del recurso de casación en la forma menciona nuevas argumentaciones, que no fueron manifestadas a tiempo de formular el recurso de apelación y que obviamente tampoco fueron objeto de análisis por el Auto de Vista.

Fundamentos por los cuales solicitó se emita un Auto Supremo que declare infundado el recurso de casación.