REVOCÓ
En conocimiento de la determinación asumida por la Comisión de Reclamación, el solicitante Claudio Arrueta Vardola; interpuso recurso de apelación de fs. 163 a 162; que fue resuelto por la Sala Social Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista Nº 43/2021 de 17 de mayo de fs. 172 a 171, que REVOCÓ la Resolución de la Comisión de Reclamación N° 137/2020 de 16 de junio; disponiendo que, la Comisión de Reclamación del SENASIR, dicte una nueva resolución reconociendo a favor del solicitante los periodos efectivamente trabajados en la Empresa Cinema Service SRL y en la Empresa Distribuidora de Películas La Paz Alcocer Ltda.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 787
- Sucre, 1 de diciembre de 2021
- Expediente:
- Demandante:
- Demandado:
- Proceso:
- Departamento:
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de la Comisión Nacional de Prestaciones.
- Resolución de la Comisión de Reclamación.
- Auto de Vista.
- REVOCÓ
- II. DEL RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
- Petitorio
- Contestación
- Admisión.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Doctrina y jurisprudencia aplicable al caso:
- Resolución del caso concreto.
- la verdad
- POR TANTO:
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
