1.
1. Con base en la demanda cursante de fs. 71 a 77, subsanado a fs. 81, 84 a 90, 94 y modificada de fs. 97 a 103, Norah Betty Cordero Vda. de Carvajal, Juan Carlos, José Ángel Isabel del Rosario y Liliana Roxana todos Carvajal Cordero representados por Ricardo Gastón Velásquez Torrez iniciaron el proceso ordinario de cumplimiento de obligación, reivindicación más pago de daños y perjuicios contra Mateo Uruña Pacheco y Julio Muga Gutiérrez; quienes una vez citados, Mateo Uruña Pacheco mediante memorial cursante de fs. 237 a 241, purgó rebeldía y contestó negativamente a la demanda, Julia Muga Gutiérrez mediante memorial de fs. 351 a 354 vta., purgó rebeldía y contestó negativamente; desarrollándose de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia N° 147/2021 de 01 de junio cursante de fs. 393 a 398, donde la Juez Público Civil y Comercial 20° de la ciudad de La Paz, declaró: PROBADA en parte respecto a la demanda de reivindicación y pago de daños y perjuicios; e IMPROBADA sobre al cumplimiento de obligación.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- S A L A C I V I L
- Auto Supremo:1093/2021-RA
- Fecha:
- Expediente:
- Partes:
- Proceso:
- Distrito:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1.
- 2.
- 3.
- CONSIDERANDO II:
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1. De la resolución impugnada.
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
- 3. De la legitimación procesal.
- 4. Del contenido del recurso de casación.
- a)
- b)
- c)
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
