AS/0021/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0021/2021

Fecha: 16-Mar-2021

CONSIDERANDO I

Al amparo del art. 502 y ss. del Código Procesal Civil (CPC), Iblin Nancy Serrano Montalvo en representación de Claudia Magela Luksic López, se apersonó ante este Supremo Tribunal de Justicia solicitando Homologar la Sentencia N° 2254/2016 publicada el 25 de julio, por el Juzgado Ordinario Sección Io de lo Civil de Padua - Italia (fs. 24-39), dentro del trámite de disolución de matrimonio, instaurado por la solicitante, en cuyo resultado se dispuso: la disolución del matrimonio entre Claudia Magela Luksic López Videla y Jaime Pareja Raya; la guarda y custodia exclusiva a favor de la madre; derecho del padre a visitar a su hijo menor de edad; la aportación de 300 Euros por concepto de aportación para el mantenimiento del hijo y el 50 % en aportación para gastos extraordinarios del hijo.

Refiere la solicitante, que la sentencia cuya homologación impetra, pasó a ser definitiva el 28 de febrero de 2017 conforme la certificación del Juzgado Civil de Padua - Italia, por lo que tiene la calidad de cosa juzgada y solicitó se disponga la cancelación de la partida de matrimonio generado en la Oficialía de Registro Civil del Departamento de La Paz.