RESULTANDO
Por memorial de casación presentado el 20 de julio de 2020 (fs. 363 a 382), Marcial Casillas Mancilla, impugna el Auto de Vista N° 86 de 26 de febrero de 2020 (fs. 351 a 358), pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Marcial Casillas Mancilla en su contra por la presunta comisión del delito de Violación a Niño, niña y/o adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 bis. del Código Penal (CP).
- Encabezado
- RESULTANDO
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- III. 1 El principio de congruencia. Los procesos jurisdiccionales que surgen en el devenir social, no son ni pueden ser resueltos a capricho y voluntad del juzgador ni de las partes; al contrario, se ciñen a normas predeterminadas por el legislador y
- IV. ANALISIS LEGAL DEL CASO EN CONCRETO
- POR TANTO
