POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I.1 de la LOJ y lo previsto por el art. 419 del CPP, declara INFUNDADO el recurso de casación, interpuesto por Wilfredo y Justiniano ambos de apellidos Quilo Solíz, de fs. 124 a 132.
Regístrese, hágase saber y devuélvase.
FDO.
Dr. Edwin Aguayo Arando
Magistrado Presidente
Magistrado M.Sc Olvis Eguez Oliva
Secretario de Sala Penal M.Sc. Rommel Palacios Guereca
