4)
Finalmente 4) El aprovechamiento.- es el elemento subjetivo que atañe al explotador. Este se vale del estado de inferioridad de la otra parte para lograr un rédito económico, corresponde señalar que fueron los demandantes quienes ofrecieron en venta la extensión de terreno, no fue por iniciativa de los demandados, no habiéndose acreditado de qué manera los compradores se habrían aprovechado de una situación de inferioridad de los recurrentes, máxime si al observar los compromisos asumidos se presupone que no medió abuso por parte del beneficiario del convenio, reiterando que no se demostró que fueron los demandantes que reiteraron la oferta de pago o que hubieran exigido que se realice la transferencia.
