2.Del plazo de presentación del recurso de casación.
Emitida la resolución recurrida (auto de vista), conforme se tiene de la papeleta de notificación a fs. 437 vta., se observa que la codemandada, ahora recurrente, fue notificada el 09 de febrero de 2021, y como el recurso de casación fue presentado el 25 de febrero del mismo año, tal cual se observa del timbre electrónico cursante a fs. 438, haciendo un cómputo se infiere que el recurso de casación objeto de la presente resolución, fue interpuesto dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los diez días hábiles, (para el computo de plazos procesales se consideró el feriado de carnaval).
